Como tengo la impresión de que cada vez están más de moda, voy a publicar cosas acerca de las subastas judiciales. No voy a empezar por lo básico pero si creo que por lo más importante, las cargas que puede o no tener una propiedad tras ser adjudicada. Para ello dejo aquí este esquema sobre las cargas judiciales para cualquier inversor interesado en subastas judiciales, proporcionando claridad sobre las posibles responsabilidades y pasos a seguir.
Guía Esquemática para Inversores en Subastas Judiciales de Inmuebles
1. Responsabilidad del Adjudicatario Respecto a las Cargas
- Carga que Ocasiona la Subasta:
- Regla general: Las cargas posteriores se cancelan tras la subasta.
- Excepciones:
- Hipoteca en Garantía de Rentas o Prestaciones Periódicas: Subsiste la obligación de pago hasta el vencimiento.
- Impago de Tres Mensualidades: Si no hay vencimiento anticipado, la hipoteca subsiste para la parte no satisfecha.
- Subrogación:
- El adjudicatario se subroga en las cargas anteriores registradas.
- Limitación de Responsabilidad:
- Solo hasta el importe registrado de las anotaciones preventivas y cargas hipotecarias.
2. Prohibiciones de Disponer
- Subasta Permitida: Incluso con prohibiciones de disponer registradas.
- Subsistencia de la Prohibición:
- Previas a la Hipoteca o Embargo: Subsisten tras la subasta.
- Posteriores a la Hipoteca o Embargo: Se cancelan con la enajenación forzosa.
3. Créditos Preferentes
- Distinción Clave:
- Prioridad Registral: Determina qué asientos subsisten o se cancelan.
- Preferencia Crediticia: Determina qué acreedor cobra primero, siempre que se reclamen mediante tercería de mejor derecho.
- Efecto en Subasta:
- Cancelación de inscripciones y anotaciones posteriores al gravamen ejecutado.
4. Cargas Ocultas y Otras Anotaciones
- Importancia de investigar posibles cargas ocultas.
- Criterios Discrepantes: Tratamiento de anotaciones caducadas puede variar entre tribunales y la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
5. Cargas Posteriores a la Hipoteca Ejecutada
- No todas las cargas posteriores se cancelan automáticamente.
- Algunas subsisten y deben ser gestionadas por el adjudicatario.
6. Imposibilidad de Cancelar Cargas en Casos Específicos
- Dación en Pago: Cargas posteriores no se pueden cancelar.
- Ampliación Posterior de Anotaciones Preventivas: También difícil de cancelar.
7. Pago de Impuestos y Gastos Asociados
- IBIs (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y Gastos de Comunidad:
- El nuevo propietario responde por las cuotas vencidas del año en curso y las tres anualidades anteriores.
- Incluye recargos por mora aprobados por la Junta de la Comunidad.
- Afecciones de Impuestos sobre el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales):
- El adjudicatario es responsable de las deudas fiscales no satisfechas del ITP hasta cinco años.
- Incluye deudas tributarias garantizadas por hipoteca legal tácita.
8. Consejos Prácticos para Inversores
- Due Diligence Exhaustiva: Verificar todas las cargas y deudas pendientes antes de la subasta.
- Consultas Legales y Financieras: Asesorarse con profesionales para evitar sorpresas y maximizar beneficios.
- Evaluación del Valor del Inmueble: Asegurarse de que el precio de subasta refleja adecuadamente el valor del bien, incluyendo cargas y deudas existentes.
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